Michoacán

TEEM revoca acuerdo de Cabildo en municipio por violar garantía de audiencia

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Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) echó para abajo un acuerdo de un Cabildo en un municipio de la zona centro de Morelia, porque no se garantizó el derecho de audiencia a un servidor público. En el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC) 257/2025, el pleno del TEEM resolvió revocar el acuerdo que declaraba ausencia injustificada de la integrante del ayuntamiento, ordenaba retenerle sus sueldos y hasta amenazaba con mandar el caso al Congreso para que le dieran cuello al cargo.

Sin audiencia previa, el ayuntamiento le retuvo las remuneraciones y le puso un plazo de 30 días para regularizarse. A decir del TEEM, eso viola los principios de legalidad y debido proceso, así que el acuerdo impugnado fue revocado por el Pleno.

La magistrada presidenta, Amelí Navarro Lepe, tomó la palabra para justificar su cuenta y dejar bien claro el rol del Tribunal. Reiteró que el TEEM es respetuoso de las competencias de los ayuntamientos como órganos colegiados, pero cuando se meten con los derechos político-electorales de alguno de sus integrantes, ahí sí entra el Tribunal a analizar.

“Cuando están inmiscuidos derechos políticos de alguno de sus integrantes es cuando este tribunal tiene competencia para analizar actuaciones de los cabildos”, explicó Navarro Lepe.

Otros agravios que traía la regidora, como la supuesta negativa a participar de manera virtual, la omisión de registrar sus intervenciones en actas o la falta de acceso a información financiera, fueron desechados porque no se acreditaron solicitudes formales ni conductas que obstaculizaran su trabajo.

Tampoco prosperó el tema de la violencia institucional, ya que no se comprobó un patrón estructural de hostigamiento, ni siquiera con el personal adscrito a su cargo.

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