Connect with us

Nacional

PROPONE DIPUTADA DEL PT REFORMAR LEY GENERAL DE SALUD PARA QUE LABORATORIOS AVISEN SOBRE NUEVAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES

Publicado

el

A pesar de que en la Ley General de Salud existe un amplio catálogo de enfermedades transmisibles, que los laboratorios clínicos están obligados a seguir a fin de asegurar una correcta vigilancia epidemiológica, siempre existe la posibilidad de detectar nuevos virus o bacterias que al no estar dentro de este listado pueden no ser tratadas a tiempo, lo que pone en riesgo a la población, alertó la diputada Margarita García García.

Ante ello, la integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) propuso reformar los artículos 137 y 138 de la Ley General de Salud para que los laboratorios y el personal de salud den aviso a las autoridades cuando detecten una enfermedad transmisible que no se encuentre contemplada en la ley General de Salud o consideradas por el Consejo de Salubridad General.

La secretaria de las Comisión de Salud en la Cámara baja destacó que sin importar si son laboratorios públicos o privados son supervisados por la Secretaría del ramo y deben de cumplir con lo establecido en la NOM-007-SSA3-2011, «por lo que todos deberán acatar esta medida, que busca evitar que alguna enfermedad se salga de control, por no atenderse a tiempo y pueden llegar a convertirse en epidemia o pandemia».

De esta forma, resaltó la parlamentaria, las personas que ejerzan la medicina o que realicen actividades afines estarán obligadas a dar aviso a las autoridades sanitarias de los casos de enfermedades transmisibles o que consideren pueda provocar afectaciones a la población, posteriormente a su diagnóstico o sospecha.

Recordó que se considera que los laboratorios son uno de los primeros filtros en donde se puede diagnosticar o descartar enfermedades, padecimientos o lesiones, para posteriormente, por medio de los médicos se dé un diagnóstico más certero, así como tratamiento para su atención.

Sostuvo que es responsabilidad del gobierno federal y de las entidades federativas realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de enfermedades transmisibles a través del Consejo de Salubridad General; no obstante, es el Poder Legislativo quien debe brindar las herramientas idóneas para que así suceda.

Click para comentar

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *